A continuación encontrarás las cláusulas más relevantes de una primera propuesta de CCT, la versión definitiva la construiremos junto con todas y todos los trabajadores académicos de la UAM. En el SPAUAM estamos luchando por obtener la titularidad de la contratación colectiva de las y los trabajadores académicos, en caso de obtenerla la universidad estará obligada a firmar un contrato colectivo con el SPAUAM que regirá para todo el personal académico de la universidad, sea o no miembro del SPAUAM.
Defensa de las y los trabajadores académicos en caso de conflictos y sanciones.
Creación de Fondos de Ahorro y Retiro voluntarios.
Continuación del pago de salario y becas en el caso de licencias por pertenecer a directiva sindical y comisiones del SPAUAM.
Menos burocracia sindical. Dos comisiones mixtas, Comisión de Rendición de Cuentas y de ética y principios. Grupos de trabajo para prestaciones, ahorro para el retiro, Casa del Académico y resguardo de equipos.
Inclusión de profesoras y profesores financiados por instancias externas como personal académico visitante.
Grupo de trabajo especial de verificación de resguardos, análisis de la situación y baja de los equipos en común acuerdo Universidad trabajadoras y trabajadores académicos.
Respeto al equilibrio docencia-investigación para trabajadoras y trabajadores académicos por tiempo indeterminado y determinado.
Inclusión de conducta reiterada por parte de la o el trabajador académico en acciones discriminatorias por razones de género, raza o religión, contra las y los alumnos, o las y los trabajadores académicos como causa de suspensión temporal y rescisión.
Condiciones favorables a las y los académicos para el resguardo de los equipos.
Grupo de trabajo especial de verificación de resguardos, análisis de la situación y baja de los equipos en común acuerdo Universidad-trabajadoras y académicos.
Manejo de los préstamos de vivienda por el SPAUAM.
Mejoramiento de los ingresos, prestaciones y situación laboral del personal académico por tiempo determinado, incluyendo medidas para que cuando sea posible, obtengan contratos por períodos prolongados.
La Universidad pagará una compensación por permanencia a la trabajadora o el trabajador académico que haya recibido la Beca de Apoyo a la Permanencia durante veinticinco o más años, consecutivos o no consecutivos, que opte por dejar de recibir dicha beca. La compensación por permanencia se pagará mensualmente y equivaldrá a un porcentaje de la Beca de Apoyo a la Permanencia que la Universidad pague en ese mes, correspondiente a la categoría de la o el trabajador académico, de acuerdo con la siguiente tabla:
Año | orcentaje de la Beca AP |
---|---|
1 | 100% |
2 | 90% |
3 | 80% |
4 | 70% |
5 | 60% |
6 en Adelante | 50% |
La Universidad pagará una prima por grado académico a la trabajadora o el trabajador cadémico que haya recibido el Estímulo a los Grados Académicos durante veinticinco o más años, consecutivos o no consecutivos para la o el académico que opte por sustituir dicho estímulo por esta prima. El pago de esta prima no estará condicionado a la obtención de la Beca de Apoyo a la Permanencia o de la Beca al Reconocimiento de la Carrera Docente. Dicha prima por grado académico se pagará mensualmente y equivaldrá al Estímulo a los Grados Académicos que la Universidad pague en ese mes, correspondiente al grado de la o el trabajador académico.
La UAM evitará conductas discriminatorias con sus trabajadoras y trabajadores académicos a partir de estereotipos de género, y promoverá el respeto a la diversidad sexual, de raza y religión.
Ampliación del servicio de guardería a los nietos de las y los trabajadores académicos.
Creación de grupo de trabajo para una jubilación digna, pensión complementaria, creación de fondos de ahorro y de ahorro para el retiro, de la categoría de decano o decana para conservar prestaciones y seguro médico a la o el trabajador académico que lo desee.
Consulta de la o el Jefe de Departamento a todas y todos los profesores de ese departamento para la elaboración de perfiles de las plazas para concursos de oposición y evaluación curricular, con base en las necesidades de las áreas de investigación.
Inclusión de la vinculación con la comunidad entre las funciones de las y los trabajadores académicos y para posibles riesgos a su salud y seguridad.
Dignificación del trabajo de las y los académicos de medio tiempo, tiempo parcial y tiempo determinado. Propuesta al Colegio Académico de reforma al Artículo 112 del RIPPA para que tengan acceso, con condiciones de 3 años de labor y evaluaciones positivas, a concurso de oposición preferencial para plazas de tiempo indeterminado.
Respeto a antigüedad y derecho a sabático para las y los trabajadores académicos temporales.
Inclusión de profesoras y profesores financiados por instancias externas como personal académico visitante.
Análisis de las condiciones prevalecientes para extensión de jornada para hacer recomendaciones a los órganos competentes de la Universidad a través de la o el Rector General.
Mejoramiento de las condiciones laborales y los ingresos de ayudantes y técnicos académicos.
Programa de trabajo para la creación de la Casa del Académico y propuestas para brindar a los jubilados alternativas de orientación psicológica, de salud y de convivencia social.
Manejo de los préstamos de vivienda por el SPAUAM.
La Universidad pagará una prima a la trayectoria académica sobresaliente a la trabajadora o el trabajador académico que haya recibido el Estímulo a la Trayectoria Académica Sobresaliente durante veinte o más años, consecutivos o no consecutivos para la o el académico que opte por sustituir dicho estímulo por esta prima. El pago de esta prima no estará condicionado a la obtención de la Beca de Apoyo a la Permanencia o de la Beca al Reconocimientode la Carrera Docente. Dicha prima la Trayectoria Académica Sobresaliente se pagará mensualmente y equivaldrá al Estímulo a la Trayectoria Académica Sobresaliente que la Universidad pague en ese mes, correspondiente al puntaje de la o el trabajador académico.
La universidad pagará a la o el trabajador académico de tiempo completo jubilado una pensión vitalicia complementaria a la otorgada por el ISSSTE. Los montos de esta pensión se fijarán de acuerdo a los años de servicio en la UAM conforme a lo siguiente:
I. 30 años o más de servicios prestados en la UAM $25,000.00
II. Entre 25 y 29 años de servicios prestados en la UAM $20,000.00
La propuesta de contrato colectivo del SPAUAM coloca en el centro demandas de los trabajadores académicos que durante décadas han estado desatendidas.